San Juan, Puerto Rico – La Federación Puertorriqueña de Fútbol (FPF) sometió ayer su respuesta a las alegaciones realizadas en su contra en la demanda PRSL, etal. v. FPF, etal.
En un documento de unas 42 páginas (que está disponible en nuestro Patreon) los abogados de la FPF, Lcdo. Edwin Seda Fernández, Lcdo. Eric Pérez Ochoa y Lcda. Alexandra Casellas Cabrera, a nombre de sus clientes la FPF y los directores que están siendo demandados, negando las violaciones a las leyes RICO y Sherman presentadas en la más reciente enmienda de la demanda.
La mayoría de las alegaciones fueron contestadas de una manera simple. «Las alegaciones realizadas en esta querella son negadas por falta de conocimiento e información suficiente para formar una creencia en relación a la verdad de las alegaciones».
Importante notar que en el punto 36, la defensa hace una admición que el Sr. José «Cukito» Martínez, actual segundo vicepresidente de la FPF, retiró a Taurinos de Cayey del torneo 2018-2019 de la Puerto Rico Soccer League porque alegadamente no se le cumplieron 3 de sus condiciones para jugar: Que los partidos tuvieran árbitros certificados por la FPF, que no se le forzara a los Taurinos de Cayey jugar partidos en el Residencial Juan César Cordero Dávila que es la sede de la Academia Quintana y que no se les obligara a jugar en su estadio de Cayey ya que el mismo no estaba en condiciones apropiadas para su uso según preocupaciones del Municipio Autónomo de Cayey y del mismo club.
Por otra parte, es importante resaltar que actualmente el estadio Benjamín «Pito Cornflakes» Martínez, que se encuentra dentro del Residencial Juan Cordero Dávila, es una de las sedes principales de la Liga Puerto Rico operada por la administración actual de la FPF de la cual el Sr. Martínez es segundo vicepresidente.
Un segundo punto de importancia que sale a relucir en el documento de la contestación es que la FPF dice que: «la FIFA y la CONCACAF son partes indispensables de esta litigación». Ni la FIFA ni la CONCACAF fueron incluidas en la demanda inicial por las partes. Esto presenta una interrogante: ¿es la FPF una entidad autónoma o es la FPF un brazo corporativo de la FIFA y la CONCACAF? ¿Es la visión de la FPF que todos los clubes son, esencialmente, pertenencias de la FIFA y la CONCACAF a través de la FPF?
Finalmente, uno de los alegatos que se debe resaltar en la contestación a la demanda es que la defensa de la FPF alega que el tribunal federal no tiene jurisdicción de este caso debido a que es uno sobre materia deportiva.
El proceso ahora pasa a la fase de descubrimiento de pruebas.
Nota editorial: Fútbol Boricua (FBNET) Inc. es una parte demandante en la demanda PRSL, etal. v. FPF, etal.