
San Juan, Puerto Rico – El pasado miércoles 16 de marzo el Comité Ejecutivo del Comité Olímpico de Puerto Rico emitió una resolución en cuanto a la apelación realizada por el sancionado miembro del Comité Ejecutivo de la Federación Puertorriqueña de Fútbol (FPF), Miguel Cornejo.
Cornejo, quien fue sancionado por la Comisión de Disciplina de la FPF el pasado mes de enero y quien, según se desprende de la resolución emitida por el COPUR apeló dicha determinación el 27 de enero del corriente, fue al COPUR en busca de auxilio en cuanto a la apelación de su caso.
Según la Comisión de Disciplina de la FPF Cornejo incurrió en varias faltas al Código de Ética de la FPF.
Cornejo apeló esta decisión, y por reglamento la Comisión Apelativa tiene hasta 15 días para responder. A la fecha de hoy no ha respondido por lo cual Cornejo apeló al Tribunal Apelativo Deportivo (TAD) del COPUR el cual tiene jurisdicción sobre disputas deportivas en Puerto Rico.
El Comité Ejecutivo del COPUR, entidad que preside el TAD, determinó otorgarle hasta el 1 de abril de 2022 para que la Comisión de Apelaciones responda a Cornejo.
Se entiende que si la Comisión de Apelaciones de la FPF no se expresa en este plazo el TAD estaría fallando a favor de la reincorporación de Cornejo a los asuntos federativos.
La Resolución del 17 de marzo de 2021 es firmada por el Secretario General del COPUR, Carlos Beltran.
Esta no sería la primera vez que el TAD asume jurisprudencia de un asunto relacionado con la Federación Puertorriqueña de Fútbol. El TAD paralizó las elecciones de la FPF en 2018 tras decisiones tomadas en una Asamblea Extraordinaria que violaron las reglas parlamentarias, y en 1992 atendió el caso de la expulsión del entonces presidente de la FPF, el Dr. Roberto Monroig, y de la FPF del COPUR.